13 de mayo de 2016

Polémica en La Plata: condenan a travesti por vender droga y ser peruana

La travesti "Claudia" fue condenada a 5 años y 3 meses de prisión

Una condena de tinte discriminatoria tuvo lugar en la ciudad de La Plata, donde la justicia local condenó a 5 años y 3 meses de pena a una travesti conocida como Claudia y ordenó su inmediata detención por vender drogas, aunque computó como agravante, entre otras cosas, "que la acusada es extranjera".

El polémico caso ocurrió en 2014 cuando Claudia (de nacionalidad peruana) fue detenida en el cruce de las calles 4 y 64, en ocasión de posesión de droga (un gramo y medio) en la vía pública. A partir de allí, fue enviada a juicio oral donde el martes pasado salió la insólita decisión de la justicia platense.

Respecto a la misma, el juez del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata Juan José Ruiz, detalló que si bien es cierto que "existe el principio de igualdad ante la ley, esto no es tan cierto ni tan absoluto como parece".

En ese sentido citó como ejemplo el artículo 21 de nuestra Constitución, que dice que "todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la Patria" y que "los ciudadanos por naturalización -un intermedio entre extranjero y nacional- son libres de prestar o no servicio".

"Es decir, que mientras nuestros nietos, padres, hijos, hermanos y amigos, morían en el conflicto de Malvinas en defensa de la Patria; los extranjeros que gozaban de todos los derechos (aunque no de todas las obligaciones como se ve) veían desde la comodidad de su hogar el conflicto, sin temor a ser convocados. Me pregunto entonces: ¿Existe igualdad ante la ley?", remarcó el magistrado, que también mencionó ejemplos similares como al acto de votar y ser autoridad de mesa o participar como jurado en un juicio.

En el veredicto agregó, en ese marco de ideas, que "si aplicamos por simple deducción el artículo 25 y el Preámbulo de nuestra Constitución, a contrario sentido, vemos que el espíritu de nuestra ley es: ‘Se podrá restringir, limitar, y gravar la entrada y permanencia de aquellos extranjeros que en vez de venir a labrar la tierra, esto es a trabajar, vengan robar; en vez de venir a mejorar las industrias, vengan a fabricar y traficar con el veneno (droga); en vez de venir a instruir y enseñar, vengan a asesinar y violar, porque con tales actos, no se afianza la justicia, no se consolida la paz interior ni la unión nacional".

"El Estado puede y debe aplicar sanciones como pena accesoria a la de prisión, y agravar las penas a los extranjeros que cometan delitos comunes en el país", sentenció el funcionario platense.

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