El Gobierno establecerá el nivel máximo de posesión individual de drogas
Por Daniel Gallo (La Nación)
Con siete años de demora,
finalmente se determinará la cantidad de drogas que puede ser considerada
tenencia para consumo personal. El Gobierno establecerá el nivel máximo de
posesión tolerado y pondrá ese límite a consideración del Congreso. Para eso
enviará al Parlamento un proyecto de reforma de la ley 23.737, que rige desde
la década del 90 la lucha contra los estupefacientes. Podría estar en torno a
los cinco gramos de marihuana, como en Holanda y Portugal.
También se reglamentará,
mediante un decreto, el listado de sustancias prohibidas y se agregará la
posibilidad de penar la comercialización de drogas sintéticas que no figuran en
la actual norma. Para eso se tomarán en cuenta drogas "base" y se
perseguirán judicialmente todos sus posibles derivados, aunque no figuren en
forma concreta en la lista de prohibidos. Es una alternativa -usada en los
Estados Unidos- para evitar vacíos legales ante la aparición cotidiana de
nuevos compuestos.
El proyecto es anterior a
la tragedia de Costa Salguero, del 16 de este mes, en la que murieron cinco
jóvenes intoxicados con drogas sintéticas. Las fuentes consultadas por LA
NACION no precisaron si en el listado de límites figuran también las pastillas.
Los funcionarios que
están al tanto de la iniciativa oficial son categóricos al confirmar que el
Gobierno no despenalizará la tenencia general de drogas. Sí se formalizará una
escala de cantidades no penalizadas para adecuarse al fallo de la Corte Suprema
de 2009. En esa histórica declaración de inconstitucionalidad del castigo de la
tenencia de drogas para consumo personal se delegó, de hecho, la decisión en
cada juez. Y los criterios fueron muy diversos en los tribunales; varios
sospechosos de venta minorista, incluso, resultaron beneficiados por la
ausencia de una escala concreta.
El llamado fallo Arriola
definió el caso de dos jóvenes que habían sido detenidos con un cigarrillo de
marihuana cada uno. La Corte determinó su posición frente a la tenencia para
consumo personal en esa causa, en la que cada imputado tenía sólo un gramo de
marihuana. Desde ese fallo, los tribunales inferiores tuvieron sus propios
criterios. Por ejemplo, en Neuquén fue absuelta, sobre la base del fallo
Arriola, una persona con 700
gramos de marihuana.
La experiencia internacional
En el Ministerio de
Seguridad se busca fijar un criterio común para todos los juzgados. La ministra
Patricia Bullrich analiza los antecedentes internacionales para resolver la
propuesta que será enviada al Congreso. Aún no se decidió el límite de la
tenencia; podrían ser entre los cinco y diez gramos de marihuana.
Los países europeos,
supuestamente más liberales en este tema, han fijado límites precisos para la
tenencia de drogas no perseguida por el sistema penal. En Holanda, es de hasta
cinco gramos de marihuana. Igual cantidad de esa droga es tolerada en Portugal
y allí no se persigue al consumidor penalmente, pero sí se establecen multas en
caso de reiteración de situaciones de tenencia para consumo personal.
También está delimitada
la posesión de marihuana en el estado norteamericano de Colorado, uno de los
que abrieron la puerta para el uso medicinal de la marihuana. Allí el límite de
tenencia es de 28 gramos .
La incipiente experiencia
uruguaya tampoco libera completamente el uso de marihuana ni deja sin
determinación estatal el límite de la tenencia: es de 40 gramos .
En los casos
internacionales reseñados, la policía debe decomisar la droga y demorar a la
persona cuando hace ostentación de la tenencia. Eso ocurre también en la
Argentina, con el agravante de que la equivocada lectura social del fallo
Arriola llevó a muchos a pensar que está permitido el consumo en la vía
pública. Hay cifras concretas: en 2009 el consumo de marihuana entre
estudiantes de nivel medio era de 8,4%, mientras que en 2014 la Sedronar
registró 13,7%.
Varias estadísticas
-realizadas por el Poder Ejecutivo y por fiscalías- asignan a las causas por
tenencia de drogas para consumo personal una presencia mayoritaria entre los
casos de narcotráfico que llegan a los juzgados. Por el antecedente del fallo
Arriola, son descartadas rápidamente.
Al no haber una unidad de
medida oficial, entre esos expediente archivados se mezclan vendedores
minoristas que -a sabiendas del vacío legal- tienen una cantidad no muy
numerosa de dosis en los puntos de entrega. El narcomenudeo aprovechó, así, el
hueco normativo.
Bullrich ya explicó en
Diputados dos proyectos de ley para combatir el narcotráfico. Entre ellos, la
sanción del delito en flagrancia, que permitiría juzgar en menos de 50 días
casos de venta de drogas. El límite de la tenencia no perseguida penalmente
también ayudaría a distinguir sin mayores dudas a los vendedores.
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