La cocaína estaba oculta en baldosones mármol
Por Gabriel Di Nicola (La Nación)
El caso había puesto al
descubierto la falla en los controles aduaneros y el ingenio de las
organizaciones narcocriminales para ocultar la droga: 380 kilogramos de
cocaína, por un valor de 15.000.000 de euros, camuflados en baldosones de
mármol travertino pulido, que salieron del puerto de la ciudad de Buenos Aires
y fueron descubiertos en Valencia, España. Dos años después del contrabando,
tres personas estarán sentadas en el banquillo de los acusados.
Así lo informaron
calificadas fuentes judiciales. El caso, que fue descubierto en febrero de
2014, fue revelado por LA NACION en octubre de ese año. La causa, que estuvo a
cargo del juez en lo penal económico Juan Galván Greenway, y de la fiscal del
mismo fuero María Gabriel Ruiz Morales, ya fue elevada a juicio oral y público.
El expediente recayó en
el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) N° 1 y el Ministerio Público
estará representado por la doctora Marta Benavente. Los tres acusados que
llegan a juicio por el contrabando de los 380 kilogramos de
cocaína son el por entonces presidente de la compañía exportadora del mármol
travertino, Alfredo Ferrucci, de 63 años, y los hijos de su mujer, María Inés y
Augusto Cascelli, de 36 y 26 años.
También va a juicio oral
y público la empresa United Stone, como persona jurídica. La firma tiene sede
en Trelew, Chubut, y que se preciaba de haber participado en las tareas de
refacción de la Casa Rosada y la Basílica de Luján durante los últimos años.
La causa estuvo delegada
en la fiscal Ruiz Morales y contó con la colaboración de la Superintendencia de
Drogas Peligrosas, que en ese momento estaba al mando del hoy jefe de la
Policía Federal, comisario general Néstor Roncaglia. Ferrucci y United Stone,
cabe recordar, van a juicio como coautores del contrabando. Los otros dos
acusados, como partícipes necesarios.
En la mira
Si bien parte de la causa
ya está en el tribunal oral, la investigación no terminó. Según informaron
fuentes judiciales a LA NACION, en las últimas horas, la fiscal Ruiz Morales
apeló el sobreseimiento que recibieron los aduaneros que tuvieron a su cargo el
control de la carga a exportar.
Los aduaneros había sido
procesados en un primer momento por el juez Galván Greenway, pero la Sala A de
la Cámara en lo Penal Económico, integrada por Nicanor Repetto, Edmundo Hendler
y Juan Carlos Bonzón, revocó la resolución del juez de primera instancia.
Después del fallo del
tribunal de alzada se ordenaron nuevas medidas de prueba, que fueron llevadas
adelante por la fiscal Ruiz Morales, que tenía delegada la investigación.
El juez Galván Greenway
sobreseyó a los dos aduaneros, imputados de un delito culposo.
La fiscal Ruiz Morales
apeló la resolución. Sostuvo, según fuentes judiciales, que "se encuentra
por demás probado con el grado de certeza exigida para esta instancia
preliminar de instrucción el actuar manifiestamente negligente de los imputados
en el cumplimiento de sus funciones".
"Es dable destacar
que esta representación del Ministerio Público Fiscal coincide con el juez en
cuanto a que no quedan medidas pendientes de producción o nuevas por realizar,
agregando que, de existir eventualmente adicionales, éstas resultarían
sobreabundantes para esta etapa preliminar instructora en la que los elementos
reunidos evidencian una probabilidad positiva suficiente como para superar esta
instancia procesal y permitir que los aquí imputados ejerzan adecuadamente su
derecho de defensa en juicio en la oportunidad especialmente habilitada para
tal fin: juicio oral y público", afirmó la fiscal en su dictamen.
Y agregó: "Los
elementos reunidos en modo alguno permiten tener por configurada la certeza
positiva sobre la ajenidad de los imputados en el hecho investigado, de modo
que la solución de mérito recurrida no se ajusta a derecho. En este sentido,
contrariamente a lo sostenido por el magistrado y a lo señalado por la alzada,
los elementos probatorios resultan suficientes para endilgarles responsabilidad
penal por la deficiente intervención que desarrollaron durante la tramitación
de la operación aduanera que permitió, en función de su actuar negligente, la
consumación del delito de contrabando de estupefacientes con fines de
comercialización".
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