8 de noviembre de 2015

Absolvieron en Entre Ríos a un hombre por el cultivo de marihuana en su casa

El tribunal entendió que las plantas no tenían como destino el narcotráfico

Un hombre estuvo un año y nueve meses procesado porque la Policía encontró en el fondo de su casa 11 plantas de marihuana y casi un kilo de picadura de la sustancia en la heladera. Este mes lo juzgaron y acusaron por cultivo de plantas para producir estupefacientes, pero los jueces lo absolvieron porque los vegetales aún no estaban lo suficientemente desarrollados para el consumo de la sustancia tóxica. En tanto que por la droga que acopiaba lo beneficiaron con una probation, ya que se probó que no era un vendedor.

El 14 de febrero de 2014, la Policía de Entre Ríos allanó la casa del fletero de 36 años, en busca de armas de fuego. Pero lo que encontraron fue una siembra de plantas de la especie cannabis sativa en el patio, de hasta dos metros de altura, así como 800 gramos de la sustancia, la mayor parte en el freezer y un trozo en una bolsa.

En el juicio el fiscal general José Ignacio Candioti, analizó las pruebas de la causa, entre ellas la pericia química en la que se determinó que todas las plantas tenían principio activo y que se podían obtener 450 dosis umbrales, y en relación al trozo se podían obtener más de 2.000 dosis. Refirió también un informe bioquímico efectuada a la muestra de orina de Godoy que dio negativo tanto para cocaína como para marihuana, mientras que el informe médico que señaló que Godoy no presenta conducta adicta a los estupefacientes.

A su vez, ninguna de las pruebas hicieron sospechar que el hombre se haya dedicado a vender la droga. Testigos afirmaron que no vieron pasamanos en la vivienda vecinos que no sabían que comercializara droga ni en el barrio había comentario alguno.

Candioti afirmó que no existen elementos para acusar al hombre por comercialización del estupefaciente, así como tampoco para decir que eran para consumo personal porque, por un lado, 800 gramos no es una cantidad escasa y además los informes médicos desmienten la condición de adicto, por lo cual pidió una condena de tres años de prisión condicional por el delito de tenencia simple de estupefacientes, y por siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes para consumo personal.

El abogado defensor, Bartolomé Gaggero, aseguró que el fletero es una persona enferma y que a pesar de haber consumido sustancias tóxicas nunca trascendió a terceros. Pidió que se considere una disminución de la pena porque actualmente continúa consumiendo droga, y en lo posible se establezca alguna medida para que pueda recuperarse.

En la última palabra que le concedieron, el hombre expresó que agradece por la oportunidad que le dio la vida, a su familia, sus hermanos y sus seres queridos porque han confiado en él y va a ser lo humanamente posible para que todo esto no vuelva a suceder.

En la sentencia, los jueces del Tribunal Oral Federal de Paraná Lilia carnero, Roberto López Arango y Noemí Berros, coincidieron en parte con el planteo del fiscal. Acerca de las plantas, afirmaron que “se trataba de una cantidad escasamente importante, las que habían adquirido un desarrollo de crecimiento interesante, pero que a los fines de afectar el bien jurídico protegido (la salud pública), carecían del tiempo de desarrollo requerido para albergar la concentración de THC que la hiciera óptima para su consumo como material toxicomanígeno”.

Tenía una concentración inferior a la necesaria para una dosis umbral y carecía de floraciones (cogollos). “Es decir que debemos dar por sentado que la actividad de siembra o cultivo tenía el solo fin del consumo personal”.

Lo más complicado para el fletero era justificar la tenencia de los 800 gramos de marihuana, sobre lo que argumentó que compraba de a un kilo porque le duraba tres meses, es decir que fumaba unos 20 porros diarios. La cantidad no fue considerada escasa por el Tribunal, que tampoco creyó la excusa del consumo, debido a que todos los exámenes médicos lo refutaron.

“Estimo que esta prueba resulta contundente en la medida que el imputado afirmó una ingesta diaria importante, por lo que resulta altamente sugestivo que el examen haya tenido ese resultado negativo frente a ese consumo asumido”, argumentaron.

Finalmente sentenciaron que el acusado debía ser absuelto por el cultivo de plantas de marihuana, mientras que por la tenencia de los trozos de droga le otorgaron la suspensión del juicio a prueba. Para cumplir esta probation, por el término de un año, le ordenaron hacer un tratamiento curativo, por la adicción que el hombre dijo padecer.

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